El Juzgado de Garantías Nº 1 aceptó la solicitud que presentó el intendente Maximiliano Wesner para ser parte de la causa que encabeza a UFI Nº 10.

El Juzgado de Garantías Nº 1 aceptó la solicitud que presentó el intendente Maximiliano Wesner para que la Municipalidad pase a ser particular damnificado en la causa penal que se sigue por presunta contaminación del arroyo a cargo de la UFI Nº 10.

La semana pasada, en Central de Noticias se dio a conocer el pedido que planteó el Ejecutivo local para ser parte del caso. Con fecha del 20 de agosto, la jueza Fabiana San Román, titular del Juzgado de Garantías 1 de Olavarría, emitió la resolución en positivo.

La jueza Fabiana San Román, titular del Juzgado de Garantías Nº 1.

La magistrada tuvo consideró que “se encuentran cumplidos en autos los recaudos legales exigidos por el art. 77 del CPP. poseyendo el peticionante legitimación activa para actuar a raíz de resultar particularmente ofendido por las consecuencias dañosas del hecho ilícito investigado -en su calidad de representante de los vecinos de la ciudad de Olavarría”.

De esa manera, habilitó a la Municipalidad de Olavarría “ejerciendo su rol de víctima respecto de la presunta infracción de la ley 24051 de Residuos peligrosos (…) correspondiendo hacer lugar a lo solicitado, sin perjuicio de lo que depare la investigación en curso en cuanto a la efectiva afectación de cauces interjurisdiccionales, y que en orden a la extensión del impacto ambiental determinaría la intervención del fuero de excepción”.

Qué es la figura de particular damnificado

El artículo 77 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires (CPPBA), faculta a toda persona particularmente ofendida por un delito que dé lugar a la acción pública, a constituirse en la calidad de particular damnificado.

La persona particularmente ofendida podrá cooperar en cierta medida con las averiguaciones tendientes a esclarecer la verdad material de los hechos que se investigan, pero sin permitirle el rol de una verdadera parte litigante.

El intendente Wesner solicitó ser reconocido como particular damnificado en la causa en nombre de la Municipalidad y fue aceptado.

A quien es habilitado como particular damnificado se le reconoce como atribución solicitar diligencias útiles para comprobar la existencia del delito y determinar la autoría responsable. El agente fiscal las practicará en caso de considerarlas pertinentes y útiles, pero también podrá denegarlas de manera fundada, siendo su resolución inimpugnable.

También y con el objeto de asegurar el pago de la indemnización civil que se pretende y de las costas del juicio, el particular damnificado podrá pedir medidas cautelares.

Asimismo, un particular damnificado podrá asistir a las declaraciones de los testigos durante la Investigación Penal Preparatoria, con facultad para formular preguntas y pedir aclaraciones.

Fuente: cdnoticias.com