Se trata de una cautelar emitida por un Juez que impide el “cese inmediato” de divulgación de audios que serían de la Secretaria de Presidencia. La Justicia no escuchó los audios por lo que se trataría de “censura previa”.
El Gobierno presentó una denuncia en la Justicia Federal por una presunta “operación de inteligencia ilegal”, tras la difusión de audios grabados en Casa Rosada atribuidos a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. En paralelo, un juez en lo Civil y Comercial ordenó el “cese inmediato” de su divulgación.
“Se grabaron conversaciones privadas de Karina Milei y otros funcionarios, las que fueron manipuladas y difundidas para condicionar al Poder Ejecutivo. No fue una filtración. Fue un ataque ilegal, planificado y dirigido”, afirmó el vocero presidencial Manuel Adorni, quien luego celebró la decisión del juez Alejandro Patricio Maraniello. El magistrado sostuvo que se trató de “una violación grave a la privacidad institucional y no un caso de libertad de expresión”.
La resolución dispuso una medida cautelar que prohíbe la publicación del material difundido el 29 de agosto. El juez ordenó que cese su circulación “a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web”. Para su cumplimiento, se remitió un oficio al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), con habilitación de días y horas inhábiles.
La controversia comenzó el viernes, cuando se conoció un fragmento en el que se escuchaba a Karina Milei reclamar “unidad” en la interna libertaria. Desde Presidencia señalaron que la emisión, realizada por el canal de streaming “Carnaval”, tuvo como objetivo “generar caos, desinformación y condicionar ilegítimamente las próximas elecciones legislativas y nacionales”. En esa línea, se mencionó como responsables al periodista Mauro Federico, el empresario Pablo Toviggino, el conductor Jorge Rial y el abogado Franco Bindi.
En la denuncia, difundida por la agencia Noticias Argentinas, el Gobierno remarcó “la gravedad de los hechos denunciados, consistentes en la captación, edición, manipulación, tergiversación y difusión clandestina de audios obtenidos mediante prácticas de espionaje ilegal”, y reclamó una medida cautelar urgente para impedir su circulación en resguardo “de la legalidad, la vigencia del Estado de Derecho y la transparencia de los procesos democráticos”.
El episodio despertó fuertes cuestionamientos en torno a la constitucionalidad de la medida, ya que distintos especialistas y antecedentes judiciales han marcado límites a la censura previa en el país. Entre los casos recordados figuran la prohibición en 1992 al programa “Tato de América” de mencionar a la jueza María Servini de Cubría, decisión que luego fue revocada por la Corte Suprema, y el fallo de 2011 en “Editorial Perfil S.A.”, donde el máximo tribunal subrayó que el interés público prima sobre la privacidad de figuras públicas.
En el plano internacional, también se han señalado antecedentes como el caso “Pentagon Papers” en Estados Unidos en 1971, donde la Corte Suprema rechazó la censura previa, y fallos recientes que remarcan que las restricciones deben ser proporcionales y no clausurar el debate público.
La controversia en torno a los audios, que aluden a cuestiones internas de La Libertad Avanza, abrió un nuevo capítulo sobre los límites entre la privacidad de los funcionarios y el derecho a la libertad de expresión y acceso a la información.
fuente: cdenoticias.com