[CANAL UNO – OLAVARRÍA]

Central de Noticias accedió al documento de la Dirección de Asuntos Legales donde se consideró “improcedente avanzar” con el proyecto urbanístico. Documentos, la postura de la Provincia y una denuncia penal.
El Municipio rechazó el proyecto urbanístico Los Palmares a través de un decreto firmado por el intendente Maximiliano Wesner. La base de dicha resolución fue un dictamen emitido por la Dirección de Asuntos Legales a fines de mayo y al que accedió Central de Noticias. Allí se estableció que “no resulta jurídicamente procedente propiciar la convalidación del convenio urbanístico” que se había firmado tres años antes.
Cabe recordar que los argumentos principales para sostener la postura del decreto 3.246 para “no promover la aprobación del Convenio Urbanístico suscripto con fecha 24 de noviembre de 2023 entre la Municipalidad de Olavarría y el Fideicomiso Palmares Olavarría” se centraron en las irregularidades detectadas que impidieron el encuadre del proyecto en la Ley de Acceso Justo al Hábitat de la provincia de Buenos Aires (14.449).
“Las circunstancias acreditadas en las presentes actuaciones evidencian la existencia de situaciones incompatibles con los presupuestos esenciales que justificaron el encuadre del proyecto en el régimen previsto por la Ley Provincial 14.449 y el Programa Lotes con Servicios” concluyó la Dirección el 29 de mayo pasado en el dictamen que lleva la firma de la titular, directora Ayelén Bahía.
Con ello se enumeraron los puntos centrales para el rechazo: “la comercialización anticipada de parcelas, la acreditación de adquirientes de múltiples lotes, las observaciones formuladas por la autoridad provincial competente, las controversias vinculadas a la situación jurídica del emprendimiento, la documentación incorporada por los propios fiduciarios, la denuncia penal promovida por este Municipio y las restantes irregularidades verificadas en las actuaciones”.
De esa manera “esta Dirección considera que el emprendimiento ha dejado de reunir las condiciones jurídicas, urbanísticas y materiales que dieron sustento a su tramitación bajo el Programa Lotes con Servicios de la Ley Provincial 14.449, resultando improcedente avanzar en su convalidación en el ámbito municipal”. En el cierre del documento se indicó que “se aconseja no propiciar la aprobación del Convenio Urbanístico”.
“Numerosas inconsistencias”
En el dictamen del organismo municipal se indicó que “con posterioridad a la suscripción del convenio se incorporó a las actuaciones abundante documentación que permite advertir circunstancias de significativa relevancia” sobre el emprendimiento. A la par se tomaron en cuenta las actuaciones del Concejo Deliberante donde -se subrayó- “surge la existencia de numerosas inconsistencias vinculadas al proyecto, entre ellas la comercialización de parcelas con anterioridad a la aprobación municipal y provincial del emprendimiento, la inexistencia de estado parcelario al momento de dichas operaciones y diversas irregularidades detectadas en la documentación aportada por particulares”.
También el personal de Legales hizo hincapié en la carta documento que motivó la denuncia penal sobre el caso por parte del Municipio. “Obra en las actuaciones la Carta Documento remitida por el propio Fideicomiso Palmares con fecha 10 de agosto de 2023, es decir con anterior a la firma del Convenio Urbanístico, mediante la cual se denunciaban presuntas maniobras irregulares vinculadas a la comercialización de parcelas y a la disposición de los inmuebles involucrados en el emprendimiento” se puntualizó.
Inmediatamente, se agregó que esa misma carta “evidencia que, previo incluso a la suscripción del convenio, existían controversias vinculadas a la comercialización de lotes y a la situación jurídica de los inmuebles objeto del proyecto”.
Más adelante se mencionó que los “particulares” presentaron documentos para demostrar “operaciones de compraventa vinculadas al emprendimiento, denunciando haber adquirido parcelas con anterioridad a la aprobación del proyecto” y que Fideicomiso Palmares llevó al Concejo Deliberante el 8 de julio de 2025 “una nómina de adquirientes (…) reconociendo expresamente la existencia de personas que habrían adquirido múltiples parcelas”.
Así quedó confirmado que hubo “numerosas” personas que habrían adquirido dos y hasta más de cinco lotes “circunstancia que resulta objetivamente incompatible con la finalidad de vivienda única” que prevé la Ley de Acceso al Hábitat bajo la cual buscaba enmarcarse el proyecto urbanístico. Se consideró que “compromete uno de los presupuestos esenciales” de la normativa.
Ante tal situación, la Dirección Provincial de Producción de Hábitat se posicionó el 19 de mayo de 2026 y dictó que “correspondía suspender los efectos del convenio urbanístico hasta tanto se esclarezcan las controversias existentes”. Más tarde, el 26 de mayo, la misma dependencia bonaerense advirtió que constatada “la existencia de adquirientes de múltiples parcelas y la comercialización anticipada de lotes podrían tornar de imposible ejecución los términos del convenio suscripto”.
La oficina municipal destacó lo dictaminado por la Dirección Provincial de Producción de Hábitat: “las observaciones efectuadas por la autoridad provincial competente revisten especial relevancia, en tanto se trata del organismo encargado de la aplicación y supervisión del régimen legal bajo el cual fue promovido el emprendimiento”.
Por último, se recordó en el mismo dictamen municipal que “esta Municipalidad promovió durante el corriente año denuncia penal ante la justicia competente a fin de que se investiguen las presuntas irregularidades detectadas en la comercialización de parcelas vinculadas al proyecto”. Se explicó que se buscaba con ello “el resguardo del interés público comprometido y de los derechos de los terceros eventualmente afectados”.
Con esta argumentación en mano, el decreto firmado por el intendente Wesner se emitió al mes siguiente -el 30 de junio- y tomó estado público días pasados cuando se dio a conocer el rechazo del convenio a los adquirientes de lotes de Los Palmares.
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fuente: cdenoticias.com
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