
La medida forma parte de la reforma laboral impulsada por el Ejecutivo. Los aportes serán administrados mediante fondos de inversión o fideicomisos supervisados por la CNV.
El Gobierno nacional reglamentó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), el nuevo esquema destinado a financiar indemnizaciones por despido para trabajadores registrados del sector privado. La medida fue oficializada este lunes mediante el decreto 408, publicado en el Boletín Oficial, y entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2026.
La creación del FAL surge de la Ley de Modernización Laboral y busca establecer un mecanismo de cobertura para las indemnizaciones a través de fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros autorizados y supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
Según la reglamentación, los empleadores deberán realizar aportes mensuales que serán recaudados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo encargado de transferir los fondos a cuentas individuales asociadas a cada empleador.
Los recursos acumulados estarán destinados al pago de futuras indemnizaciones y podrán utilizarse siempre que el trabajador despedido haya estado debidamente registrado durante al menos doce meses antes de la finalización de la relación laboral.
Entre los aspectos centrales de la normativa, se establece un período de carencia de seis meses continuos desde el primer aporte antes de que el empleador pueda acceder a la cobertura. Además, las inversiones de estos fondos deberán realizarse exclusivamente en instrumentos financieros emitidos y negociados en la Argentina.
La reglamentación también contempla la posibilidad de que los empleadores soliciten la suspensión de los aportes cuando acrediten que los fondos acumulados resultan suficientes para cubrir eventuales contingencias laborales.
Otro de los puntos destacados es que se aplicará una reducción en las contribuciones patronales al sistema de seguridad social equivalente al monto aportado al FAL. Asimismo, las cuentas utilizadas por los vehículos de inversión colectiva quedarán exentas del Impuesto sobre los Créditos y Débitos Bancarios.
El decreto delega en la Secretaría de Trabajo, la Comisión Nacional de Valores, ARCA y la Secretaría de Finanzas la elaboración de las normas complementarias necesarias para la implementación del sistema, las cuales deberán ser dictadas dentro de los próximos 45 días hábiles.
La entrada en vigencia del esquema fue postergada hasta noviembre de 2026, pese a que originalmente estaba previsto que comenzara a aplicarse este año, debido al impacto fiscal que implica su puesta en marcha.
Fuente: Agencia DIB.
fuente: cdenoticias.com



