El magistrado Martín Cormick declaró inconstitucional la parte del Decreto 759/2025 que ataba la Ley 27.795 de financiamiento universitario a la disponibilidad presupuestaria, y ordenó al Ejecutivo cumplirla sin dilaciones.
En una decisión de primera instancia, el juez del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró nula la referencia al artículo 5° de la Ley 24.629 que había limitado la puesta en marcha de la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente. La sentencia, que responde a un amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional, diversas universidades, docentes y la Universidad de Buenos Aires, obliga al Gobierno a promulgar la norma y a dictar los reglamentos y disposiciones ejecutorias necesarios.
El magistrado argumentó que, tras la sanción del Congreso mediante mayorías agravadas, el Poder Ejecutivo no podía imponer un veto extra‑constitucional que condicionara la ejecución de la ley. Señaló que el artículo 9° de la norma ya brinda instrumentos para reasignar recursos presupuestarios y recordó que medidas cautelares previas habían ordenado el cumplimiento de algunos artículos. Según la Oficina de Presupuesto del Congreso, el costo estimado de la ley para 2025 equivale al 0,23 % del PBI.
Fuente: CDN



