El proyecto de reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, presentado por el Ejecutivo, incluye la supresión del artículo 61 de la Ley de Administración Financiera, que obligaba a solicitar al Banco Central un informe sobre el impacto de la deuda externa en la balanza de pagos antes de su contratación.
Esta modificación aparece en el artículo 20 del Título II, bajo la sección de “Disposiciones complementarias”, y ha pasado casi desapercibida entre los debates legislativos, pese a su potencial trascendencia para la gestión macroeconómica del país.
Al eliminar la exigencia de dicho informe, se abre la posibilidad de que nuevas operaciones de crédito externo se formalicen sin una evaluación previa de sus efectos sobre la cuenta corriente, lo que podría generar desequilibrios y dificultar la política cambiaria.



