
Una resolución del Ministerio de Salud fija el procedimiento para cobrar la atención médica habitual a extranjeros sin residencia permanente en los cinco hospitales que administra la ANES. El ajuste en la cartera fue de 30% menos recursos reales que años anteriores, un recorte adicional de $63.000 millones en mayo y caídas de hasta 51% en el presupuesto de esos mismos hospitales.
El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó el cobro de la atención sanitaria a extranjeros no residentes en los hospitales que administra el Estado nacional. La medida se formalizó a través de la Resolución 1066/2026, firmada por el ministro Mario Lugones y publicada este martes en el Boletín Oficial, que aprobó el “Procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en los establecimientos sanitarios administrados por el Estado Nacional”. La norma reglamenta los cambios que el DNU 366/2025 había introducido en el artículo 8° de la Ley de Migraciones y entrará en vigencia a partir de este miércoles.
La resolución alcanza en concreto a los cinco hospitales que desde julio de 2025 están bajo la órbita de la Administración Nacional de Establecimientos de Salud (ANES), organismo creado por el Decreto 459/2025 dentro del Ministerio de Salud: el Hospital Nacional “Profesor Alejandro Posadas”, el Hospital Nacional “Doctor Baldomero Sommer”, el Hospital Nacional y Comunidad “Dr. Ramón Carrillo”, el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur “Doctor Juan Otimio Tesone” (INAREPS) y el Hospital Nacional en Red Especializado en Salud Mental y Adicciones “Licenciada Laura Bonaparte”. La norma no aclara sobre otros hospitales de alta complejidad —como el Garrahan— que funcionan como entes descentralizados con conducción compartida entre Nación y otras jurisdicciones.
Según el procedimiento aprobado, los extranjeros con residencia permanente seguirán accediendo al sistema público en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos, acreditando esa condición con el DNI para extranjeros vigente. Quienes no acrediten residencia permanente, en cambio, deberán presentar un seguro de salud válido que cubra la prestación o abonar el arancel correspondiente antes de recibir atención sanitaria habitual. La norma distingue dos circuitos administrativos para el cobro: cuando el paciente cuenta con cobertura, el hospital notificará el ingreso a la aseguradora dentro de las primeras 24 horas y emitirá una factura electrónica de exportación de servicios, con un plazo de 45 días para el pago antes de iniciar acciones judiciales; cuando no tiene seguro, deberá abonar por adelantado el cien por ciento del valor presupuestado para acceder a consultas, estudios o intervenciones programadas.
La resolución mantiene sin cambios la garantía de atención inmediata ante emergencias para cualquier extranjero, sin importar su condición migratoria. El anexo enumera de manera extensa los cuadros considerados de riesgo cierto e inminente para la vida:
- Paros cardiorrespiratorios,
- infartos,
- accidentes cerebrovasculares,
- traumatismos graves,
- hemorragias masivas,
- quemaduras extensas,
- sepsis y
- emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales, entre otros.
La medida establece que, ante cualquier duda sobre la condición clínica del paciente, deberá prevalecer el criterio de brindar atención inmediata hasta que el profesional responsable determine lo contrario. Una vez estabilizado el paciente, los gastos generados desde el cese de la emergencia hasta el alta clínica se consolidarán y se notificarán al paciente o a su apoderado legal, que tendrá una instancia de pago inmediata en el propio hospital.
La reglamentación se dicta en un contexto de ajuste sostenido sobre el sistema de salud público. El presupuesto del Ministerio de Salud para 2026 asciendió a $3,1 billones en términos nominales, pero un análisis de la Fundación Éforo determinó que, ajustado por inflación acumulada desde 2023, la cartera afrontaba este año con 30% menos recursos reales que los que tenía bajo la gestión anterior. A ese cuadro se sumó, en mayo pasado, un recorte adicional de $63.000 millones dispuesto por la decisión administrativa 20/2026, que redujo el presupuesto vigente de Salud de $7,4 billones a $6,66 billones. Según datos oficiales de Presupuesto Abierto, hacia mediados de mayo el Ministerio había ejecutado apenas el 31,5% de esos recursos.
Ese mismo recorte de mayo golpeó directamente a la ANES, el organismo que administra los cinco hospitales alcanzados por la resolución de este martes: perdió $3.195 millones de su presupuesto. Un análisis de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) muestra el impacto en dos de esos establecimientos: el Hospital Ramón Carrillo cuenta en 2026 con un presupuesto 38% menor en términos reales que en 2023, y el Bonaparte, un 51% menor; ambos, además, tienen disponibles menos recursos que los efectivamente ejecutados en 2025 (20,2% y 17,6% menos, respectivamente). Hacia fines de junio, ninguno de los dos había ejecutado siquiera el 38% de su presupuesto anual.



