
“Desde junio de 2026 las facturas del servicio eléctrico permitirán el pago autónomo del concepto” informó la cooperativa. Sería efectivo desde julio.
En el desarrollo de una causa en el fuero Contencioso Administrativo de Azul –que ya tuvo resolución-, la cooperativa distribuidora de energía eléctrica de Olavarría anunció que el mes próximo se modificará la forma de facturación.
Coopelectric argumentó la inclusión del cobro en las facturas de luz desde diciembre de 2025 “para garantizar la continuidad, normalidad y calidad del servicio eléctrico”, medida sobre la que se informó que fue avalada por los mecanismos institucionales internos. “Aclara que el cobro se incluyó en la factura porque el sistema vigente no permitía generar un cobro autónomo mediante dos códigos de barras. También informa que no se produjeron cortes del servicio vinculados con la falta de pago de facturas que incluían la `contribución por acciones`” expuso la resolución judicial.
Luego el representante legal de la prestadora dio a conocer que “la cooperativa puso en marcha un nuevo sistema de facturación. Por ello, estima que desde junio de 2026 las facturas del servicio eléctrico permitirán el pago autónomo del concepto, con vencimiento en julio de 2026, en los términos del artículo 78 de la Ley Nº 11.769”.
Se agregó que “oportunamente se informará a los usuarios que no abonen ese concepto cuáles serán las consecuencias que ello generará en su condición de socios de la cooperativa”.
Más adelante, se expuso que la cooperativa “reconoce que la contribución por acciones no se encuentra expresamente autorizada por el OCEBA. Sin embargo, afirma que fue incorporada de urgencia para garantizar la sustentabilidad del servicio eléctrico”. Expone que la cooperativa enfrentó la alternativa de no cobrar el concepto y poner en riesgo la prestación normal del servicio, o cobrarlo para preservar su continuidad y sustentabilidad. “En ese contexto, sostiene que la demandada optó por incluirlo aún frente al riesgo de recibir una sanción” citó el fallo del fuero Contencioso.
Cobro de la cuota capital: se declaró “inadmisible” una demanda colectiva contra Coopelectric



