Descarrilamiento de tren en Pourtalé: procesaron al conductor y a un ayudante

Así lo resolvió el juez Federal de Azul Gabriel Di Giulio. La causa fue encuadrada bajo el delito de Estrago Culposo. El hecho ocurrió el 8 de marzo de 2022.

El juez Federal de Azul Gabriel Di Giulio resolvió el procesamiento por el delito de Estrago Culposo, del conductor y del ayudante de conductor del tren que descarrilló el 8 de marzo de 2022 a la altura de la estación de Pourtalé, en el partido de Olavarría.

Di Giulio resolvió que además deberán enfrentar un embargo preventivo de entre 5 y 10 millones de pesos.

Según consta en el expediente, el Juez determinó el procesamiento, sin prisión preventiva, a Nicolás Ezequiel Fagioli “en carácter de autor, por la conducción de la formación Tren 333 en violación del deber de cuidado y en forma imprudente”.

En tanto, se determinó el procesamiento, sin prisión preventiva, a Lucas Leonel Vázquez “en carácter de autor, por haber omitido las medidas que le eran exigibles por su cargo y función para la reducción de la velocidad de la formación a valores seguros”

En la resolución, también se decretó la falta de mérito para procesar o sobeseer a Daniel De Diego, Damián Leonhardt, Marcelo Fabián Sánchez, Alejandro Héctor Leonetti y Rogelio Tulio Justo.

Y se desestimaron las solicitudes de sobreseimiento formuladas a favor de Nicolás Ezequiel Fagioli, Lucas Leonel Vázquez, Daniel De Diego, Damián Leonhardt, Marcelo Fabián Sánchez, Alejandro Héctor Leonetti y de Rogelio Tulio Justo.

Por otra parte, se rechazó por inadmisible, el planteo de nulidad de la pericia accidentológica formulado por el coimputado Marcelo Fabián Sánchez.

La causa

El 8 de marzo de 2022, alrededor de las 5:20 de la mañana, la formación ferroviaria N° 333 de la empresa Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, circulaba por el ramal Olavarría – Bahía Blanca, en dirección a la última localidad mencionada, cuya infraestructura se encontraba concesionada a la empresa Ferroexpreso Pampeano S.A.

A la altura del kilómetro 346,4 se produjo el descarrilamiento de la formación y el vuelco del vagón nº PUA 025, ocasionando lesiones de variada gravedad a 69 personas del total de pasajeros que circulaba en el servicio.

Hubo personas hospitalizadas y lesionadas.

Las imputaciones

El doctor Di Giulio desarrolló en detalle los motivos que lo llevaron a la imputación y el recorrido que se concretó con la investigación.

Es así que indicó que “se imputa a Nicolás Ezequiel Fagioli, en su carácter de Conductor, el haber excedido la velocidad máxima que el estado de la vía y las características de la formación determinaban para una circulación segura y en particular, el haber excedido la velocidad máxima establecida en el Boletín de vía que, en la zona del siniestro, era de 80 km/h”.

“Se le imputa, asimismo, haber operado con impericia el sistema de frenos de la formación, accionando el freno independiente de forma intermitente y repetitiva, y con ello haber modificado la relación entre los esfuerzos verticales y horizontales presentes en el contacto entre los rieles y las ruedas de los vehículos, disminuyendo la carga vertical sobre algunos ejes y provocando los efectos alternados de compresión y estiramiento del tren”, agregó.

“La violación del deber de cuidado y la imprudencia descriptas concurrieron a provocar el descarrilamiento”, resaltó el magistrado.

Por otra parte, “se imputa a Lucas Leonel Vázquez, en su carácter de Ayudante de Conductor, el no haber adoptado ninguna medida a su alcance para reducir la velocidad de circulación de la formación a los límites seguros, de acuerdo con las circunstancias descriptas, y en particular al del boletín de vía”.

“La conducta le era exigible por el deber de cuidado y por las obligaciones legales derivadas de su cargo y función”, cerró.

fuente: cdenoticias.com

Noticias Relacinadas
;