La prohibición para la venta de fuegos artificiales ya rige en toda la provincia

La prohibición de venta y uso de pirotecnia de alto impacto sonoro , así como también de los globos aerostáticos utilizados como fuegos artificiales comenzó a regir este miércoles en toda la provincia de Buenos Aires, tras la reglamentación de ley que fue aprobada en diciembre pasado en la Legislatura bonaerense tras un reclamo histórico de asociaciones de familiares de niños y niñas con Trastornos del Espectro Autista (TEA) y de agrupaciones defensoras de los animales.

“Prohíbase en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, la venta al público minorista, la venta ambulante en la vía pública y el uso particular de artificios pirotécnicos y de cohetería de uso recreativo de alto impacto sonoro, cualquiera fuera su característica y naturaleza, como así también los denominados globos aerostáticos de pirotecnia”, establece la Ley publicada en el Boletín Oficial.

La normativa está integrada por 17 artículos y tiene como objetivo "proteger la salud, el bienestar de la población y el ambiente". El impedimento de comprar y usar fuegos artificiales también rige para el sector público "en los eventos y/o espectáculos que organice".

A partir de su puesta en vigencia se establece una sanción correspondiente a una multa que equivale al valor de entre cinco y cincuenta haberes mensuales de Agentes de Seguridad (Agrupamiento Comando) de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y el decomiso de la pirotecnia que tenga en su poder. "Si quien utiliza en forma recreativa artificios pirotécnicos o cohetería es menor de edad, la sanción será impuesta al adulto responsable del menor”, aclara el texto de la ley. Además, sostiene que será sancionado con multa, decomiso y clausura del lugar o local comercial donde se vendan estos artefactos por un término de cinco a diez días.

Los fondos provenientes de las infracciones se destinarán a campañas de concientización y a capacitaciones para el personal que intervenga en el control de la ley, que estará a cargo de los municipios, el Ministerio de Producción y el de Seguridad.

Si bien en el articulado se invita a los municipios bonaerense a adherirse a la norma, hay ordenanzas similares ya implementadas en Junín, Vicente López, Chascomús, Lezama, Florencio Varela, General Alvarado, Bahía Blanca, Coronel Rosales, Coronel Pringles, Avellaneda, Bragado, General Arenales, Berazategui, Salliqueló, Rivadavia, San Pedro, Ramallo, Olavarría, Chivilcoy, Pinamar, Berisso, y La Costa.

Artículo original de www.pagina12.com.ar

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